El régimen sancionador de las entidades de crédito ( Ley 26/1988 ) distingue entre tres tipos de infracciones , muy graves , graves y leves . El organismo supervisor de las entidades de crédito , Banco de España , tiene atribuciones para incoar expediente sancionador para las infracciones graves o leves , dependiendo del Ministerio de economía y Hacienda ( actualmente separados en dos ) las infracciones muy graves.
La propia página web del BdE señala que “En función de la gravedad de las infracciones tipificadas, se pueden imponer sanciones que van desde una simple amonestación privada hasta una multa por importe de hasta el 1% de los recursos propios de la entidad o la revocación a la entidad de la autorización para operar “ , aunque en el caso de revocación de la autorización corresponde al Consejo de Ministros.
Recientemente AIECA ( inspectores del Banco de España ) publicaba un escrito informando que la tarea de los inspectores tiene unas limitaciones que hacen complicado ejecutar su labor con la independencia que requieren . Basta señalar que ellos no pueden decidir a qué entidades inspeccionan ni en qué momento , y que una vez efectuado el informe con las recomendaciones correspondientes es el órgano de gobierno del BdE quien determina las acciones , sanciones o medidas adecuadas ( en el supuesto que decida emprender alguna ).
Así , los inspectores recuerdan que ya hicieron patente hace tiempo discrepancias con los máximos responsables de gestión del BdE con la famosa carta dirigida a Solbes y continúan reclamando mayor autonomía y potestad para efectuar su tarea de forma efectiva.
Hay que recordar que los inspectores consiguen su plaza por oposición , así que se les presupone independencia o por lo menos no una ideología política determinada . Sin embargo, el gobierno del Banco de España responde a nombramientos políticos , algo que cuestiona su independencia . Además del Gobernador y Subgobernador del Banco de España , nombrados a dedo por el partido político que gobierna, existe el Consejo de Gobierno que posee 6 consejeros.
Al consejo le corresponden las competencias de sanción ( graves y leves ) de las entidades de crédito , y efectuar propuestas que el BdE eleva al Ministerio de Economía . Las personas que actualmente forman el consejo son Luis M Linde ( Gobernador ) ,Fernando Restoy ( Subgobernador ) , y los consejeros : Carmen Alonso , Guillem López , Ángel Luis López , José María Marín y Ana Sánchez , además del Secretario del Tesoro Iñigo Fernández de Mesa.
A estas personas les corresponde valorar si Bankia , por ejemplo , incumplió la siguiente infracción tipificada como muy grave (entre otras):
“La falta de remisión al órgano administrativo competente de cuantos datos o documentos deban remitírsele o requiera en el ejercicio de sus funciones, o su falta de veracidad, cuando con ello se dificulte la apreciación de la solvencia de la entidad o la del grupo consolidable o conglomerado financiero a que pertenezca. A los efectos de esta letra, se entenderá que hay falta de remisión cuando esta no se produzca dentro del plazo concedido al efecto por el órgano competente al recordar por escrito la obligación o reiterar el requerimiento.”
El FMI en su informe reiteraba la necesidad de dotar de mayor independencia al Banco de España , aunque esa independencia debería empezar por eliminar los nombramientos a dedo por los mandatarios y dar mayor autonomía a los inspectores que son los que tienen la preparación técnica adecuada para determinar si el administrador de un banco está efectuando una gestión nefasta , independientemente de sus amistades con el ministro de turno que le cubre las espaldas.
Las normas se han de cambiar para dotar de un mínimo de credibilidad a este sistema que desprende corrupción y trato de favor por todas partes , no basta con recapitalizar entidades que son gestionadas por personas que ya han demostrado su incapacidad sobradamente y que únicamente son amigos de alguien de este círculo de personajillos que por desgracia ostentan el poder.
Fuentes : www.bde.es , aieca.blogia.com ,www.noticias.juridicas.com
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