domingo, 8 de junio de 2014

Cárcel para subdirector de sucursal de CaixaBank

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de tres años y medio de cárcel para un subdirector de una sucursal bancaria de Pozuelo de Alarcón de CaixaBank, por los delitos de apropiación indebida y falsedad.

El empleado de la entidad se apropió de 214.000 € que su suegra tenia invertidos en diferentes fondos de inversión, falsificando su firma y manipulando la información que se remite al domicilio para que la madre de su esposa no detectase nada anómalo. A pesar que se considera un atenuante el grado de parentesco, los magistrados del TS consideran que la pena debería ser superior dada la gravedad de los hechos, aunque no la modifican respetando la sentencia de la primera instancia.

Recientemente la Audiencia Nacional fue bastante más benévola con los cuatro directivos de Caixa Penedés, acusados de administración desleal y apropiación indebida. Los culpables confesos de la entidad catalana lograron una reducción de la pena demandada por la fiscalía ya que supuestamente han devuelto los casi 30 millones de € que habían estafado.

Veamos lo que dice el artículo 295 del Código Penal, que tipifica la administración desleal:

“ Los administradores de hecho o de derecho o los socios de cualquier sociedad constituida o en formación, que en beneficio propio o de un tercero, con abuso de las funciones propias de su cargo, dispongan fraudulentamente de los bienes de la sociedad o contraigan obligaciones a cargo de ésta causando directamente un perjuicio económicamente evaluable a sus socios, depositarios, cuentapartícipes o titulares de los bienes, valores o capital que administren, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a cuatro años, o multa del tanto al triplo del beneficio obtenido.”

Una vez se demuestra la existencia de una conducta penal, como así ha sido manifiestamente confesa por los acusados, se derivan responsabilidades civiles. La primera de ellas es la restitución, es decir la devolución, por lo que no se comprende muy bien la rebaja solicitada por el fiscal ( o quizás se comprende demasiado bien ). En segundo lugar la reparación del daño y por último la indemnización. Eso sin contar que 30 millones de €, pongamos que a una rentabilidad media del 2 %, suponen 600.000 € de intereses al año.

En cuanto a la apropiación indebida, la pena puede oscilar entre los 6 meses y los 6 años de cárcel, según recogen los artículos 249 y 250 a los que corresponde su aplicación y que tipifica como estafa.

Resulta una pena que los ex directivos de Caixa Penedés no puedan compartir celda con el subdirector de sucursal, pero por lo menos se les podría obligar a que este último les gestione su patrimonio durante unos cuantos años.

Fuentes: www.publico.es, www.noticias.juridicas.com





1 comentario:

  1. Básicamente de acuerdo, sólo añadir lo siguiente: http://youtu.be/o0-ED4e-r-U

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